lunes, 13 de abril de 2015

Causas para la terminación de un contrato

Conozca las causas para terminar un contrato de arrendamiento



Varios lectores consultan en qué momento un arrendador (propietario) puede terminar el contrato de alquiler de una vivienda. 
Según la Ley 820 del 2003 identifica las causales, entre ellas, que el arrendatario no pague el canon y los reajustes dentro del término estipulado en el contrato. A esta le suma otras:
Cuando no se pagan los servicios públicos y, por lo tanto, causa la desconexión o la pérdida del servicio.
En caso de que subarriende total o parcialmente el inmueble, o ceda el contrato o su goce. También es causal de terminación si le cambia del uso sin autorización del arrendador.
La incursión reiterada del arrendatario en acciones que afecten la tranquilidad de los vecinos está en la lista. Igualmente, si la vivienda se usa para actos delictivos que impliquen contravención y que sean comprobados ante la autoridad policiva.
No se pueden realizar mejoras, cambios o ampliaciones sin el aval del arrendador. Peor aún, si el arrendatario destruye total o parcialmente el inmueble.
Si el arrendatario viola las normas del reglamento de propiedad horizontal, obviamente si son viviendas sometidas a ese régimen, también se puede terminar el contrato.

Cuando el inmueble arrendado se pone en venta o se tiene la necesidad de reconstruirlo, repararlo o construir.

El arrendador igualmente podrá cancelarlo unilateralmente durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una antelación no menor de tres meses que, de todas formas, obliga a pagar una indemnización equivalente al precio de tres meses de alquiler.


El arrendatario también puede

La ley también determina en el artículo 24 causales de terminación del contrato de alquiler por parte del arrendatario:
Cuando el arrendador suspende la prestación de los servicios públicos premeditadamente.
Si hay incursión reiterada de este en conductas que afecten gravemente el disfrute por parte del arrendatario de la vivienda alquilada.
Cuando tampoco tiene en cuenta los derechos de quien habita la casa o el apartamento, según la ley.

El arrendatario podrá terminar unilateralmente el contrato dentro del término que también está estipulado para el arrendador
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Fuentes:
Metrocuadrado

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