Conozca las causas para terminar un contrato de arrendamiento
Varios
lectores consultan en qué momento un arrendador (propietario) puede terminar el
contrato de alquiler de una vivienda.
Según la Ley 820 del 2003
identifica las causales, entre ellas, que el arrendatario no pague el canon y
los reajustes dentro del término estipulado en el contrato. A esta le suma
otras:
Cuando no se pagan los
servicios públicos y, por lo tanto, causa la desconexión o la pérdida del
servicio.
En caso de que subarriende
total o parcialmente el inmueble, o ceda el contrato o su goce. También es
causal de terminación si le cambia del uso sin autorización del arrendador.
La incursión reiterada del
arrendatario en acciones que afecten la tranquilidad de los vecinos está en la
lista. Igualmente, si la vivienda se usa para actos delictivos que impliquen
contravención y que sean comprobados ante la autoridad policiva.
No se pueden realizar
mejoras, cambios o ampliaciones sin el aval del arrendador. Peor aún, si el
arrendatario destruye total o parcialmente el inmueble.
Si el arrendatario viola las
normas del reglamento de propiedad horizontal, obviamente si son viviendas
sometidas a ese régimen, también se puede terminar el contrato.
Cuando el inmueble arrendado se pone en venta o se tiene la necesidad de
reconstruirlo, repararlo o construir.
El arrendador igualmente
podrá cancelarlo unilateralmente durante las prórrogas, previo aviso escrito
dirigido al arrendatario a través del servicio postal autorizado, con una
antelación no menor de tres meses que, de todas formas, obliga a pagar una
indemnización equivalente al precio de tres meses de alquiler.
El arrendatario también puede
La ley también determina en
el artículo 24 causales de terminación del contrato de alquiler por parte del
arrendatario:
Cuando el arrendador suspende
la prestación de los servicios públicos premeditadamente.
Si hay incursión reiterada de
este en conductas que afecten gravemente el disfrute por parte del arrendatario
de la vivienda alquilada.
Cuando tampoco tiene en
cuenta los derechos de quien habita la casa o el apartamento, según la ley.
El arrendatario podrá
terminar unilateralmente el contrato dentro del término que también está
estipulado para el arrendador
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Fuentes:
Metrocuadrado

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